Convocadas ayudas de 40 millones de euros para desarrollar infraestructuras y servicios del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia

La Comisión de Inversiones y Seguimiento del Fondo de Apoyo para la Promoción y Desarrollo de Infraestructuras y Servicios del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia y de los Servicios Sociales (Fondo SAADSS), ha dotado esta convocatoria con una financiación de 40 millones de euros, y el plazo de solicitud se cerrará el 16 de diciembre, o antes de dicha fecha si se agotan los recursos disponibles. Los proyectos serán analizados y tramitados por orden de entrada.

Son potenciales beneficiarios del Fondo SAADSS proyectos de entidades del tercer sector de acción social, empresas de economía social y cualesquiera otras entidades y empresas que promocionen y desarrollen infraestructuras y servicios del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia y/o Servicios Sociales.

Su ámbito de aplicación incluye: nuevos proyectos en el sector residencial, ampliación y modernización de los ya existentes, centros de día y residencias para personas dependientes, atención en el domicilio, desarrollo de plataformas tecnológicas de teleasistencia domiciliaria a través de I+D+i, servicios de asistencia personal y de promoción de la autonomía personal, accesibilidad y nuevas tecnologías en general, así como financiación a empresas que presten servicios SAAD y/o Servicios Sociales.

El Fondo SAADSS, dotado con cargo a los Presupuestos del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, tiene por objeto prestar apoyo financiero a las entidades del tercer sector de acción social, empresas de economía social y cualesquiera otras entidades y empresas que lleven a cabo infraestructuras y/o servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y de los Servicios Sociales. La Convocatoria Fondo SAADSS cerró un primer plazo de solicitud de financiación el 31 de enero de 2020, un segundo plazo de solicitud el 30 de diciembre de 2020 y un tercer plazo de solicitud el 30 de septiembre de 2021. La Comisión de Inversiones y Seguimiento del Fondo SAADSS ha aprobado solicitudes de financiación por importe de 29,51 millones de euros para la puesta en marcha de 17 proyectos que habían presentado su solicitud al cierre de los plazos anteriormente referidos. Los proyectos presentados se analizarán por orden de entrada.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Desde el 29/03/2022 a las 14:00 horas.

RECURSOS DE LA CONVOCATORIA SAADSS

40.000.000 de euros

FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

16/12/2022 a las 14:00 horas, o antes de dicha fecha si se agotan los recursos disponibles

Proyectos y Servicios Financiables

Serán financiables con arreglo a las condiciones establecidas en la Convocatoria los siguientes proyectos de infraestructuras y/o servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y de los Servicios Sociales:

  • Proyectos de creación, ampliación y/o adaptación de infraestructuras relacionados con el desarrollo e implantación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia: centros residenciales, centros de día, atención en el domicilio, teleasistencia, servicio de asistencia personal y servicio de promoción de la autonomía personal, así como medidas de accesibilidad aplicadas a la autonomía personal y a la atención a la dependencia.
  • Proyectos de nuevas tecnologías aplicadas a la autonomía personal y a la atención a la dependencia.
  • Proyectos de creación, ampliación y/o adaptación de infraestructuras relacionados con la prestación de servicios sociales.
  • Servicios en el ámbito del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (servicios SAAD), que promocionen y desarrollen el sector.
  • Servicios sociales concertados con las Administraciones Públicas o prestados directamente por las organizaciones de carácter social siempre que amplíen, complementen o intensifiquen los de las Administraciones Públicas (AAPP).

Cada entidad podrá solicitar financiación para varios proyectos o servicios, sin que en ningún caso el importe de la financiación concedida sea superior al 10% de los recursos aportados al Fondo a la entrada en vigor del Real decreto ley 6/2019 y las dotaciones presupuestarias adicionales aportadas (84.949.845,72€).

En ningún caso serán financiables los siguientes conceptos:

  • los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos periciales para la realización del proyecto y los gastos de procedimientos judiciales, en su caso.
  • la compra de terrenos, centros residenciales, centros de día u otro tipo de inmuebles ya construidos.(¹)

(¹) Serán financiables las obras y adaptaciones necesarias para la rehabilitación y puesta en marcha de centros residenciales, centros de día u otras infraestructuras destinadas a la prestación de servicios para personas mayores o dependientes.

El prestatario quedará expresamente obligado a destinar el importe total del préstamo a llevar a término el proyecto presentado al Fondo para su financiación.

Se considerará inversión total la realizada o prevista por el promotor en el periodo 2021-2024. Se podrá ampliar este plazo en casos puntuales debidamente acreditados (por ejemplo, compra de terrenos en años anteriores por parte del promotor, obras paralizadas por causas no imputables al promotor, obras de adaptación a la normativa vigente realizadas de forma progresiva, etc.).

El promotor deberá aportar contratos de obra firmados o presupuestos solicitados, proyectos de ejecución de obra, presupuestos de equipamiento o documentación similar que permitan acreditar la inversión proyectada. Todos estos documentos deberán estar vigentes en el momento de realizar el análisis del proyecto.

El importe de la financiación concedida no podrá ser superior al 75% de la inversión total del proyecto y se establecerá en función del riesgo del mismo, de la estructura de financiación, de la solvencia y la viabilidad económico-financiera tanto del proyecto como de la entidad promotora.

Serán considerados financiables con cargo al Fondo los conceptos de inversión que respondan de forma inequívoca al objeto del proyecto presentado y sean estrictamente necesarios para su desarrollo.

La Sociedad Gestora del Fondo podrá comprobar la razonabilidad de las inversiones y gastos planteados en el marco del proyecto, pudiendo modificar el Presupuesto Financiable presentado por el Solicitante.

En ningún caso, el coste de adquisición de las inversiones podrá ser superior al valor de mercado. La Sociedad Gestora podrá solicitar al Beneficiario soporte documental para comprobar este extremo (presupuestos, tasaciones, etc.).

En el caso de financiación de entidades que presten servicios SAAD y/o Servicios Sociales concertados con las Administraciones Públicas (AAPP), se financiará 1/6 del incremento de facturación anualizada proveniente de contratos de prestación de servicios adjudicados por las AAPP, incluyendo tanto las nuevas adjudicaciones como las prórrogas a los contratos existentes a partir de la formalización del contrato de préstamo. La entidad beneficiaria deberá mantener el citado crecimiento durante toda la vida del préstamo. En este caso, se fundamentará la previsión de obtención de nuevos contratos que permita incrementar la facturación actual de la empresa.

En el caso de préstamos autorizados para proyectos de nuevas tecnologías aplicadas a la autonomía personal y a la atención a la dependencia, los trabajos desarrollados por el personal de la empresa deberán estar cuantificados y validados por un auditor externo.

Más información en : http://fondependencia.sepides.es/fondos/convocatoria-fondo-saadss-iv

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